miércoles, 28 de octubre de 2015

Tema 2. Organización de los centros educativos.

En este segundo tema, hemos hablado de la estructura que tienen los centros educativos tanto de primaria como infantil. De los diferentes órganos que forman dicha estructura y sus funciones.
Como tema a ampliar, me gustaría hablar sobre las funciones del equipo directivo, pues es uno de los órganos más importantes entre los que formas un centro escolar.


El equipo directivo es el órgano ejecutivo de gobierno de los centros docentes y podrá estar integrado por las personas titulares de la dirección, de la jefatura de estudios y de la secretaría y, en su caso, de la vicedirección y de las jefaturas de estudios adjuntas, cuando el número de unidades y la complejidad organizativa del centro docente, de la oferta de enseñanzas y de los proyectos singulares que en el mismo se desarrollen, así lo requieran y según lo dispuesto en la normativa de organización y funcionamiento de los centros docentes públicos.

En general, el Equipo Directivo deberá desarrollar papeles de animador, mediador, coordinador, negociador y gestor de recursos humanos.
Sus principales funciones son las siguientes:
1. Velar por el buen funcionamiento del Centro.
2. Estudiar y presentar al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación de toda la comunidad educativa en la vida del Instituto.
3. Promover procedimientos de evaluación de las distintas actividades y colaborar en las evaluaciones externas del Centro.
4. Impulsar la elaboración y ejecución de un Plan de Mejora sobre el informe de evaluación externa del Instituto recibido desde la Administración educativa, incluyendo su desarrollo en el Plan Anual de Centro para el curso siguiente.
5. Proponer a la comunidad educativa actuaciones de carácter preventivo que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y que mejoren la convivencia en el Instituto.
6. Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de las decisiones del Consejo Escolar y del Claustro de Profesores en el ámbito de sus respectivas competencias.
7. Establecer los criterios para la elaboración del proyecto de presupuesto.
8. Coordinar la elaboración del Proyecto de Centro, del Plan Anual de Centro y de la Memoria Final de Curso.
9. Elaborar la propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento.
10. Colaborar con la Administración Educativa en aquellos órganos de participación que, a tales efectos, se establezcan.

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